FAQs

PARA
Vender

¿Por qué conviene contratar una empresa inmobiliaria?

La venta de su propiedad debe ser tratada por profesionales, para no ponerla en riesgos innecesarios. Evitar la contratación de servicios inmobiliarios, es un ahorro mal entendido debido a que las operaciones de compra, venta o administración de inmuebles, requieren de experiencia y profesionalismo.

¿Qué garantías me brinda una inmobiliaria?

  • Una buena capacidad negociadora evitará el regateo en el precio del inmueble, lo que justifica el pago de servicios profesionales.
  • Estar en el medio, contar con cartera de clientes, valores de mercado, conocimientos de los medios adecuados para su promoción da mejores resultados.
  • La promoción de su propiedad no interfiere en sus actividades, sus horarios ni en los de su familia.
  • Se evita el riesgo de exponerse al dejar entrar a “cualquier persona», ya que nosotros precalificamos y acompañamos a cada comprador potencial
¿Cómo y dónde promueven mi propiedad?

En diferentes portales especializados como (Zonaprop, Mercado Libre, Argenprop, Alpozo, etc), promoción directa a través de nuestra base de datos, redes sociales, diarios y a través de nuestra página de web.

Quiero vender mi propiedad, ¿qué información necesito dar a la inmobiliaria?

Todas las características del inmueble, una copia del titulo de propiedad, una copia del reglamento de copropiedad en caso de corresponder, últimos recibos de servicios (ABL y expensas) y sus perspectivas de venta, todo esto a través de una entrevista personal.

¿Cuál es el tiempo promedio de venta?

Son muchos los factores que intervienen en un proceso de venta, sin embargo si las condiciones son las adecuadas y la documentación está en orden, el tiempo promedio es de 90 a 180 días.

¿Qué gastos tengo para vender?

  • Comisión Inmobiliaria: 2% del precio de venta + IVA
  • Impuesto a los sellos: 1,8%
  • Impuesto a la Transferencia: 1,5% (salvo que sea su única vivienda)
  • Escrituración: De 0,6% a 1%
¿Puedo vender mi propiedad si la tengo hipotecada?

Si puede vender la vivienda hipotecada, el día de la firma de la escritura pública el apoderado del banco que concedió la hipoteca recibirá la cantidad pendiente de pagar del préstamo y el resto el vendedor.